Contratos clave en la industria de la moda: lo que todo diseñador, marca o creativo debe conocer

Manos atando un lazo a maniquí

La industria de la moda es un universo vibrante, apasionante y altamente creativo. Pero también es un ecosistema donde las relaciones comerciales son complejas y donde las malas prácticas —como acuerdos verbales, informalidades o uso indebido de la imagen o creaciones— pueden generar conflictos legales, pérdidas económicas y hasta el desprestigio de una marca.

Desde una sesión fotográfica hasta la distribución de una colección en una tienda multimarca, cada interacción debe estar respaldada por un contrato. Si trabajas en moda, entender estos documentos no es opcional: es esencial para tu seguridad y crecimiento profesional.

En este blog te contamos cuáles son los contratos indispensables en la industria de la moda, qué debe incluir cada uno, y por qué son tan importantes.

1. Contrato con modelos: protege el uso de imagen y evita malentendidos

Los modelos no solo prestan su cuerpo o rostro para una campaña; están cediendo temporalmente su imagen personal, un derecho protegido legalmente. Un error frecuente es asumir que pagar por una sesión de fotos basta para usar las imágenes libremente.

¿Qué debe incluir este contrato?

  • Duración de uso de imagen: especificar por cuánto tiempo puede usarse la imagen (por ejemplo, 6 meses, 1 año).
  • Territorio de uso: si se usará solo en Ecuador o también en campañas internacionales.
  • Medios de difusión: redes sociales, página web, medios impresos, televisión, entre otros.
  • Derechos de exclusividad: definir si la modelo puede trabajar con marcas similares durante un tiempo.
  • Retribución: establecer si el pago es por hora, por día, o por campaña completa, y si hay pagos extra por renovación del uso.

Ejemplo real:
Una marca de ropa urbana usó fotos de una modelo ecuatoriana en una campaña de verano. Un año después, la foto seguía en redes, ahora como parte de una nueva colección. La modelo demandó por uso indebido de imagen y ganó el caso.

2. Contrato con fotógrafos: quién es dueño del contenido visual

En derecho, las fotografías son obras protegidas por derecho de autor. Esto significa que, incluso si la marca paga por una sesión de fotos, los derechos patrimoniales sobre esas imágenes pertenecen al fotógrafo, a menos que se pacte lo contrario.

Cláusulas imprescindibles:

  • Cesión de derechos: total o parcial. Puede limitarse a ciertos usos (solo para catálogos, no para productos, no para NFTs, etc.).
  • Plazo de uso: establecer si la marca puede usar las fotos indefinidamente o solo por cierto tiempo.
  • Modificación: si se permite editar las fotos, poner filtros o recortarlas sin autorización del autor.
  • Obligación de créditos: definir si debe mencionarse al fotógrafo en publicaciones.
  • Restricciones: por ejemplo, el fotógrafo puede reservarse el derecho a no permitir que sus imágenes se usen para productos comerciales o campañas políticas.

Consejo legal:
Siempre solicita una cesión de derechos por escrito, especificando el tipo de uso, la duración y el medio. Si no se hace, corres el riesgo de que el fotógrafo te demande si usas la foto más allá del acuerdo verbal.

3. Contrato con showrooms, boutiques y tiendas multimarca

Las marcas de moda —especialmente las emergentes— suelen exhibir y vender sus colecciones a través de showrooms o tiendas colaboradoras. Esto permite una mayor visibilidad sin tener tienda propia, pero también implica riesgos si no hay un contrato bien estructurado.

Aspectos clave del contrato:

  • Tipo de relación comercial:
    • Consignación: el showroom vende el producto y paga solo si se vende.
    • Compra directa: la tienda compra las piezas y asume el riesgo.
  • Responsabilidad por pérdida, robo o daño de las prendas.
  • Porcentaje de comisión: cuánto se lleva la tienda por cada venta (usualmente entre 20 % y 50 %).
  • Plazo del acuerdo: cuánto tiempo estarán en exhibición los productos.
  • Inventario y devolución: qué pasa con las piezas no vendidas.

Ejemplo práctico:
Un diseñador dejó 30 prendas en una tienda multimarca en Quito bajo consignación. Nunca se firmó contrato. A los tres meses, la tienda cerró sin avisar y el diseñador perdió toda la colección. Con un contrato, habría podido exigir indemnización o recuperación de la mercancía.

4. Contratos con diseñadores externos, ilustradores y colaboradores creativos

En la moda, muchos procesos se externalizan: diseño gráfico, estampados, bordados, creación de patrones. Estos colaboradores son creadores de obras intelectuales y, si no se define lo contrario, son ellos quienes conservan el derecho de autor sobre sus creaciones.

Incluye en el contrato:

  • Cesión de propiedad intelectual: específica y clara.
  • Permisos de reutilización: si la marca puede modificar el diseño o usarlo en otras colecciones o productos.
  • Pagos y condiciones de entrega: tarifas fijas, pagos por avance, revisiones incluidas.
  • Cláusulas de confidencialidad: especialmente si se trata de colecciones inéditas o lanzamientos futuros.

Ejemplo real:
Una marca contrató un diseñador freelance para crear un estampado exclusivo. Sin cesión escrita, el diseñador usó el mismo diseño para otra marca y la primera no pudo hacer nada al respecto.

5. Cláusulas generales que deben estar en cualquier contrato de moda

Además de las particularidades de cada tipo de contrato, hay cláusulas estándar que protegen legalmente a ambas partes y evitan ambigüedades.

Estas son imprescindibles:

  • Propiedad intelectual: especificar de quién es cada creación (foto, diseño, contenido).
  • Confidencialidad: proteger información estratégica, como campañas, presupuestos o colecciones futuras.
  • Duración y rescisión: definir cuánto tiempo dura el contrato y en qué condiciones se puede terminar.
  • Jurisdicción aplicable: establecer qué ley se aplicará y en qué país se resolverán los conflictos.
  • Obligaciones y penalidades: indicar qué pasa si una parte incumple lo pactado.

Conclusión: profesionaliza tu marca desde lo legal

En la industria de la moda, el talento es clave, pero la legalidad es el andamiaje que sostiene el éxito a largo plazo. Tener contratos bien redactados y adaptados a tu negocio no solo te protege, sino que también transmite profesionalismo, seriedad y confianza.

En la moda, no basta con tener buen gusto: necesitas un marco legal sólido para que tu creatividad prospere.

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En HAYU, contamos con experiencia asesorando a diseñadores, agencias creativas y marcas emergentes en la redacción de contratos que protegen sus intereses. Desde acuerdos con modelos hasta licencias de marca, te ayudamos a profesionalizar cada aspecto legal de tu negocio.

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Abogado
Juan Francisco Román Mendoza

Profesional abogado con una sólida formación académica en Derecho, habiendo obtenido títulos de cuarto y tercer nivel en áreas como Derecho de la Empresa y Derecho Internacional.