Reforma al Reglamento de Compras Públicas: Más Control, Menos Evasión

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El 11 de abril de 2025, el presidente de la República, Daniel Noboa Azin, firmó el Decreto Ejecutivo No. 595, que introduce reformas clave al Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP). Este cambio busca combatir prácticas evasivas en los procesos de contratación pública y reforzar la transparencia en el uso de recursos estatales.

¿Cuál es el objetivo de la reforma?

El principal propósito de esta reforma es limitar el uso de figuras excepcionales en compras públicas —especialmente aquellas que involucran organismos internacionales—, asegurando que los fondos públicos se administren bajo principios de:
• Eficiencia
• Transparencia
• Calidad
• Responsabilidad ambiental y social


⚠️ Fin a la evasión con convenios internacionales
Hasta ahora, ciertas entidades públicas accedían a procedimientos especiales de contratación mediante convenios con organismos internacionales, incluso cuando la mayoría del financiamiento era local. Esta práctica, en muchos casos, evitaba el cumplimiento de la normativa nacional.


Con la nueva reforma, se establece que:
Solo podrá utilizarse el régimen especial de compras internacionales cuando el financiamiento externo represente al menos el 51% del valor total del contrato.
De no cumplirse este umbral, se presumirá que existe una evasión de los procedimientos regulares de contratación pública, lo cual podría acarrear consecuencias legales.


🔍 Más control y fiscalización
El decreto también otorga un plazo de 15 días al Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP) para:
• Activar el Subsistema Nacional de Control
• Remitir a la Contraloría General del Estado los procedimientos en los que haya intervenido un intermediario por efecto de un convenio


La Contraloría deberá evaluar cada caso y determinar las posibles responsabilidades administrativas o penales.
¿Qué deben hacer las entidades contratantes?

  1. Revisar sus convenios vigentes con organismos internacionales
  2. Verificar el origen y porcentaje del financiamiento
  3. Asegurar que los procesos de contratación respeten la LOSNCP
  4. Estar preparados para auditorías o requerimientos de información por parte del SERCOP o Contraloría


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Abogado
Juan Francisco Román Mendoza

Profesional abogado con una sólida formación académica en Derecho, habiendo obtenido títulos de cuarto y tercer nivel en áreas como Derecho de la Empresa y Derecho Internacional.