El Ecuador se ha convertido en un destino atractivo para la inversión extranjera gracias a su marco normativo que permite la constitución de empresas con el 100% de capital extranjero. A diferencia de otros países donde existen restricciones a la participación de inversionistas no nacionales, la Ley de Compañías ecuatoriana garantiza un entorno favorable para los empresarios internacionales, promoviendo la seguridad jurídica y la facilidad para hacer negocios.
¿Puede una empresa en Ecuador tener 100% de capital extranjero?
Sí. La legislación ecuatoriana no impone limitaciones a la propiedad extranjera de empresas. Cualquier persona natural o jurídica extranjera puede constituir una empresa en Ecuador sin necesidad de contar con socios nacionales. Según el Artículo 1 de la Ley de Compañías:
“Las compañías se constituyen por contrato, entre dos o más personas naturales o jurídicas que unen sus capitales,
trabajo o conocimiento para emprender en operaciones mercantiles y participar de sus utilidades, o por acto unilateral, por una sola persona natural o jurídica que destina aportes de capital para emprender en operaciones mercantiles de manera individual y participar de sus utilidades..”
Esto significa que los inversionistas foráneos tienen el mismo acceso y derechos que los nacionales al momento de establecer una compañía en el país.
Tipos de Empresas Permitidas en Ecuador
El Artículo 2 de la Ley de Compañías establece los tipos de sociedades que pueden formarse en el país, ofreciendo diversas estructuras según las necesidades del negocio:
1. Compañía en Nombre Colectivo
• Formada por dos o más socios que responden de manera solidaria e ilimitada por las obligaciones de la empresa.
• Se basa en la confianza entre los socios, lo que la hace menos atractiva para inversionistas extranjeros.
2. Compañía en Comandita Simple y Dividida por Acciones
• Compuesta por socios comanditados, con responsabilidad ilimitada, y socios comanditarios, cuya responsabilidad se limita a sus aportes.
• La comandita dividida por acciones permite que los aportes se representen en títulos negociables.
3. Compañía de Responsabilidad Limitada (Cía. Ltda.)
• Requiere mínimo dos socios y máximo quince.
• La responsabilidad de los socios está limitada al monto de sus aportes.
• No permite la libre cesión de participaciones sin el consentimiento de los demás socios.
4. Compañía Anónima (S.A.)
• No tiene límite en el número de accionistas.
• Sus acciones son libremente negociables.
• Es ideal para proyectos de gran inversión y permite la captación de recursos a través de la emisión de acciones.
5. Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.)
• Permite su constitución con un solo accionista.
• Ofrece flexibilidad en su administración y operación, sin las restricciones de la Cía. Ltda. o la S.A.
• Puede realizar actividades económicas de manera más ágil y sin requisitos excesivos.
6. Empresas de economía mixta
- Permite participación accionarial del sector público con el privado
- Tienen regulación especial
- Facilita la inversión en proyectos de interés nacional
Beneficios para Inversionistas Extranjeros
El Ecuador facilita la inversión extranjera mediante varios mecanismos que garantizan seguridad y estabilidad jurídica:
✅ No hay restricción de capital extranjero: Los inversionistas pueden controlar el 100% de una empresa.
✅ Facilidad para constituir empresas: Gracias a la figura de la S.A.S., el proceso de creación es ágil y puede realizarse sin la necesidad de socios adicionales.
✅ Protección legal: La Ley de Compañías y el Código de Comercio ofrecen un marco normativo claro y predecible.
Conclusión
El Ecuador es una jurisdicción atractiva para los inversionistas extranjeros gracias a su legislación moderna y flexible. La posibilidad de constituir empresas con 100% de capital extranjero, junto con la diversidad de tipos societarios, hace que sea un destino ideal para expandir operaciones o iniciar nuevos proyectos.
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